Análisis del Decreto 534/2025 – Veto total a los proyectos de ley 27.791, 27.792 y 27.793
Análisis del Decreto 534/2025 – Veto total a los proyectos de ley 27.791, 27.792 y 27.793
- Introducción y contexto general
El Decreto 534/2025, firmado por el Presidente de la Nación, ejerce la facultad prevista en el artículo 83 de la Constitución Nacional y observa en su totalidad tres proyectos de ley recientemente aprobados por el Congreso. Estos proyectos contenían medidas de alto impacto social y fiscal, principalmente en materia previsional y de discapacidad.
- Contenido de los proyectos vetados
- Proyecto 27.791: Establecía un aumento extraordinario del 7,2% en jubilaciones y pensiones, una ayuda económica previsional de hasta $110.000, y otras medidas complementarias, financiadas por modificaciones impositivas y reasignaciones presupuestarias.
- Proyecto 27.792: Reinstauraba por dos años la moratoria previsional de la Ley 27.705, ampliaba la cobertura de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, eliminaba evaluaciones socioeconómicas y compatibilizaba esta prestación con otros ingresos.
- Proyecto 27.793: Declaraba la emergencia nacional en discapacidad, creaba una nueva pensión no contributiva por discapacidad del 70% del haber mínimo y establecía beneficios adicionales para prestadores y beneficiarios del sistema.
- Fundamentos del veto
El veto se apoya en tres pilares centrales:
a) Ausencia o insuficiencia de previsión presupuestaria
El decreto invoca el artículo 38 de la Ley 24.156, que exige que todo gasto no contemplado en el presupuesto vigente cuente con una fuente de financiamiento clara, concreta y suficiente. Según el análisis del Poder Ejecutivo:
- El costo total de los tres proyectos supera los $7 billones para 2025 y los $17 billones para 2026, lo que representa entre el 0,90% y el 1,68% del PBI respectivamente.
- Las fuentes de financiamiento propuestas son calificadas como “insuficientes, técnicas y legalmente defectuosas”, incluyendo reasignaciones imposibles de ejecutar y eliminaciones impositivas de bajo impacto recaudatorio.
b) Riesgo para el equilibrio fiscal y la sostenibilidad del sistema previsional
Se enfatiza que los proyectos afectarían el cumplimiento de las metas fiscales fijadas por el Gobierno y el principio de “emisión cero” asumido como mandato por la actual gestión. El Ejecutivo denuncia que la aplicación de estas leyes comprometería gravemente la sostenibilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
c) Vicios formales en el procedimiento legislativo
Se cuestiona la legalidad del proceso de sanción en el Senado, denunciando:
- Falta de citación formal a senadores.
- Ausencia de dictámenes válidos de comisión.
- Reglas de votación inadecuadamente aplicadas (mayoría simple en lugar de dos tercios).
- Advertencias explícitas de la Secretaría Parlamentaria respecto de la invalidez formal de los dictámenes.
Estos vicios, según el decreto, vulneran principios fundamentales del sistema republicano y configuran una sanción legislativa ilegítima.
- Consideraciones finales
El decreto concluye que promulgar estos proyectos no solo atentaría contra el equilibrio fiscal y el respeto institucional, sino que también supondría un regreso a prácticas fiscales nocivas (emisión, deuda, aumento de impuestos) ya ensayadas y fracasadas. El Poder Ejecutivo reafirma así su compromiso con la estabilidad macroeconómica, el respeto al mandato electoral y los principios del denominado “Pacto de Mayo”.
Texto completo del decreto: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/329236/20250804