Análisis del Decreto 564/2025 – Reestructuración y privatización de concesiones hidroeléctricas
ANÁLISIS DEL DECRETO 564/2025
1. Contexto normativo y antecedentes
El Decreto se enmarca en un proceso más amplio de reorganización y privatización de empresas públicas dispuesto por las Leyes N° 15.336 (marco regulatorio de la energía eléctrica), N° 23.696 (Reforma del Estado), N° 24.065 (Marco Regulatorio Eléctrico) y N° 27.742 (Ley Bases 2024).
A partir del vencimiento de los contratos de concesión de las represas hidroeléctricas Alicurá, El Chocón, Cerros Colorados y Piedra del Águila, el Gobierno Nacional define un nuevo esquema de gestión, transición operativa y transferencia al capital privado.
2. Ejes principales del decreto
a. Transferencia y venta de activos
Se autoriza:
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La transferencia de las acciones de las cuatro sociedades hidroeléctricas recientemente creadas (una por cada complejo) desde ENARSA a la Secretaría de Energía.
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La posterior venta de esas acciones mediante concurso público nacional e internacional sin base, conforme a la Ley 23.696.
Esta venta no contempla programas de propiedad participada ni preferencias regionales.
b. Extensión transitoria de las concesiones actuales
Las empresas actualmente concesionarias (AES Alicurá, Enel El Chocón, Central Puerto, Orazul) continuarán operando hasta el 31 de diciembre de 2025 o hasta que se adjudique la licitación, lo que ocurra primero. Esto requiere la firma de una carta de adhesión en un plazo de 5 días desde la entrada en vigencia del decreto.
En caso de no firmar dicha adhesión, deberán continuar operando por un plazo mínimo de 90 días hábiles para garantizar la continuidad del suministro eléctrico.
c. Condiciones operativas durante la prórroga
Las concesionarias que adhieran:
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Deberán mantener todas las obligaciones contractuales originales.
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Mantener vigente una garantía de cumplimiento de USD 4.500.000.
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Cumplir con pagos de regalías a las provincias de Río Negro y Neuquén.
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Permitir visitas de interesados en la licitación.
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Transferir inventarios y bienes clave según cronograma.
d. Llamado a licitación y condiciones
En un plazo de 60 días corridos, el Ministerio de Economía deberá llamar a concurso público nacional e internacional sin base, para la venta de las acciones mayoritarias de las sociedades concesionarias.
El pliego deberá incluir al menos:
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Contratos de concesión.
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Normas ambientales.
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Reglas de manejo de aguas.
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Obligaciones de inversión.
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Condiciones técnicas de operación.
3. Finalidad política y económica
El decreto busca:
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Garantizar la continuidad operativa de represas clave para el sistema energético nacional.
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Cumplir con el mandato de privatización de ENARSA previsto en la Ley Bases.
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Asegurar un proceso competitivo, transparente y ágil para atraer inversión privada nacional e internacional.
4. Aspectos jurídicos clave
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Se reafirma el rol del Ministerio de Economía como autoridad de aplicación.
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Se enmarca el proceso dentro de los mecanismos de venta por concurso sin base previstos por la Ley 23.696.
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Se eliminan preferencias locales y programas de participación obrera.
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Se salvaguarda el cumplimiento de la Ley 24.065 respecto a los límites de concentración y competencia.