𝗡𝘂𝗲𝘃𝗼 𝗥𝗲𝗴𝗶𝘀𝘁𝗿𝗼 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗘𝗻𝘁𝗶𝗱𝗮𝗱𝗲𝘀 𝗥𝗲𝗹𝗶𝗴𝗶𝗼𝘀𝗮𝘀 𝗲𝗻 𝗣𝗕𝗔

Entidades Religiosas de la Pcia. de Buenos Aires. Creación de un Registro Especial de DPPJ

Hasta ahora, las iglesias, confesiones y comunidades religiosas en la Provincia de Buenos Aires enfrentaban un obstáculo administrativo significativo: para poder rubricar sus libros contables y societarios, debían inscribirse bajo figuras como asociaciones civiles o fundaciones, estructuras que no siempre se ajustaban a su verdadera naturaleza y propósito.

Esta situación no solo desnaturalizaba su esencia, sino que también representaba una barrera para el pleno ejercicio del derecho a la libertad de culto, consagrado en nuestra Constitución Nacional.

Con la reciente Disposición N° 325/2025, la Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ) ha puesto fin a esta problemática, creando una solución esperada y necesaria.

¿Cuál es la novedad principal?

Se establece el “Registro Voluntario de Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas”. Esta medida permite que dichas entidades, ya reconocidas por el Registro Nacional de Cultos, obtengan una matrícula provincial propia.

El objetivo principal de esta inscripción es claro y concreto: habilitarlas para la rúbrica de sus libros obligatorios y voluntarios, sin necesidad de adoptar una figura jurídica ajena a su identidad.

Puntos Clave de la Nueva Normativa:

  1. Reconocimiento de su Naturaleza Jurídica: La disposición alinea la operatoria de la DPPJ con el Código Civil y Comercial, que reconoce a las entidades religiosas como un tipo específico de persona jurídica privada (art. 148 inc. e).
  2. Proceso de Inscripción Simplificado: Para registrarse, la entidad deberá presentar de forma digital la solicitud.
  3. Entidades Preexistentes: Aquellas organizaciones religiosas que actualmente operan como asociaciones civiles o fundaciones podrán solicitar la cancelación de su matrícula anterior y su inscripción en este nuevo registro, adecuando así su situación registral.

¿Qué impacto tiene esta medida?

Esta disposición representa un avance fundamental en materia de seguridad jurídica y libertad religiosa, garantizando que la elección de una estructura legal no sea un impedimento para el cumplimiento de sus fines.

¿Cuál es la situación de las organizaciones religiosas de la Ciudad de Buenos Aires?

La Inspección General de Justicia ya ha regulado mediante Resolución General 15/2024 el régimen de acceso voluntario a la rúbrica de libros y registros exigidos por el Código Civil y Comercial a aquellas iglesias, confesiones y comunidades – distintas de la Iglesia Católica.  Asimismo, aquellas organizaciones constituidas como asociaciones civiles o fundaciones e inscriptas ante la IGJ podrán dejar de esta bajo su fiscalización y transformarse voluntariamente en meras iglesias, confesiones, comunidades o entidades religiosas, bajo sus propios estatutos sin que ello les haga perder el derecho a contar con una contabilidad regular y libros rubricados.

En Barreiro estamos a disposición para asesorar a las entidades religiosas en este nuevo proceso. Si su organización necesita inscribirse por primera vez o desea adecuar su estatus, no dude en contactarnos.