Acuerdo Unión Europea – Mercosur (EMPA + Interim Trade Agreement)

Buenos Aires, 27 de febrero de 2026

INFORME
Acuerdo Unión Europea – Mercosur (EMPA + Interim Trade Agreement)
Alcance, contenido económico, oportunidades y estado del proceso de entrada en vigor

Resumen ejecutivo

El acuerdo entre la Unión Europea y el Mercosur inaugura una nueva etapa en la integración económica transatlántica, creando el mayor espacio de libre comercio jamás negociado por ambos bloques. La combinación del acuerdo integral de asociación (EMPA) y el acuerdo comercial interino (iTA) permite una implementación escalonada del pilar comercial, con potencial impacto inmediato en aranceles, acceso a mercados de servicios, compras públicas y cadenas de valor. La reciente decisión política de avanzar con la aplicación provisional del componente comercial, en paralelo al proceso de revisión jurídica en la Unión Europea, acelera la ventana de oportunidad para empresas que operan o proyectan operar en ambos mercados. El acuerdo no sólo reduce barreras comerciales, sino que redefine el marco regulatorio, competitivo e institucional entre Europa y el Cono Sur, generando un nuevo entorno estratégico para comercio, inversión y expansión empresarial.

  1. Introducción y marco general

La Unión Europea y el Mercosur han estructurado su entendimiento comercial y político a través de un paquete jurídico compuesto por dos instrumentos diferenciados: el EU–Mercosur Partnership Agreement (EMPA) y el Interim Trade Agreement (iTA). Esta arquitectura responde a una lógica institucional precisa dentro del derecho de la Unión Europea.

El EMPA constituye el acuerdo integral de asociación y contiene los pilares político, de cooperación y comercial. Por su naturaleza “mixta”, requiere la ratificación no sólo de la Unión Europea sino también de cada uno de sus Estados miembros conforme a sus procedimientos constitucionales internos.

En paralelo, el iTA —que cubre exclusivamente materias comerciales— ha sido diseñado como instrumento autónomo dentro de la competencia exclusiva de la Unión en materia de política comercial común. En consecuencia, su aprobación no requiere ratificación nacional por parte de los Estados miembros, sino el consentimiento del Parlamento Europeo y la decisión formal del Consejo.

El texto completo del iTA, con todos sus capítulos y anexos, se encuentra publicado oficialmente por la Comisión Europea (Dirección General de Comercio), incluyendo los cronogramas de desgravación arancelaria, reglas de origen, anexos sectoriales y disposiciones institucionales.

  1. Estructura sustantiva del acuerdo comercial (iTA)

Desde el punto de vista económico y jurídico-comercial, el iTA contiene una estructura típica de los acuerdos comerciales de nueva generación, con capítulos sobre comercio de bienes, reglas de origen, medidas sanitarias y fitosanitarias, obstáculos técnicos al comercio, servicios y establecimiento, compras públicas, propiedad intelectual, competencia, subsidios, empresas estatales, comercio y desarrollo sostenible y solución de controversias.

El núcleo económico del acuerdo se encuentra en el capítulo de comercio de bienes y en los anexos de desgravación arancelaria. Allí se establecen los cronogramas de reducción progresiva de aranceles entre ambas partes. Para la Unión Europea, el acceso preferencial al mercado del Mercosur tiene particular relevancia en sectores industriales como automotriz, autopartes, maquinaria, productos químicos y farmacéuticos. Para el Mercosur, el acceso mejorado al mercado europeo impacta especialmente en agroindustria, alimentos procesados y determinados productos manufacturados.

La operatividad económica dependerá en gran medida del capítulo de reglas de origen y de sus anexos específicos por producto. La estructuración de cadenas de suministro que cumplan con los requisitos de origen será determinante para capturar los beneficios arancelarios. En este sentido, el acuerdo abre oportunidades para la reorganización de cadenas regionales de valor, particularmente en sectores industriales y agroindustriales.

El capítulo de facilitación del comercio y cooperación aduanera introduce compromisos en materia de transparencia, simplificación de procedimientos y asistencia administrativa mutua, lo que puede reducir costos transaccionales y mejorar la previsibilidad logística.

Las disposiciones en materia de obstáculos técnicos al comercio (TBT) y medidas sanitarias y fitosanitarias (SPS) son especialmente relevantes para exportadores de bienes regulados. El valor de estas disciplinas radica en la previsibilidad regulatoria y en la institucionalización de mecanismos de diálogo técnico.

El capítulo de comercio de servicios y establecimiento amplía las condiciones para la prestación transfronteriza y la presencia comercial en sectores específicos conforme a las listas de compromisos asumidas por cada parte, generando oportunidades para empresas de ingeniería, consultoría, servicios profesionales, tecnología y servicios financieros.

El capítulo relativo a compras públicas establece coberturas por entidad y nivel de gobierno, umbrales de contratación y reglas procedimentales. Esto puede habilitar nuevas oportunidades de participación en procesos de contratación pública bajo estándares internacionales de transparencia y no discriminación.

En materia de propiedad intelectual, el acuerdo prevé protección reforzada de indicaciones geográficas y disposiciones específicas sobre derechos de propiedad intelectual, con impacto particular en productos agroalimentarios y bebidas.

El mecanismo de solución de controversias entre Estados previsto en el iTA refuerza la previsibilidad y el cumplimiento de las disciplinas acordadas.

  1. Oportunidades estratégicas para ambos bloques

Para la Unión Europea, el acuerdo consolida acceso preferencial a un mercado de más de 260 millones de habitantes y fortalece su posicionamiento estratégico en América del Sur, con impacto relevante en exportaciones industriales, servicios y participación en procesos de contratación pública.

Para el Mercosur, el acceso preferencial al mercado europeo representa una oportunidad significativa de diversificación exportadora, mejora de estándares productivos e integración en cadenas de valor de mayor sofisticación tecnológica. Asimismo, puede actuar como catalizador de inversión extranjera directa orientada a la exportación hacia la Unión Europea.

Sectores como infraestructura, energía, tecnología y servicios empresariales podrían beneficiarse particularmente de las disciplinas en materia de establecimiento, servicios y compras públicas.

  1. Proceso de ratificación y situación actual

Desde el punto de vista institucional europeo, el iTA requiere el consentimiento del Parlamento Europeo para su entrada plena en vigor. El EMPA, por su carácter mixto, requiere además la ratificación de cada Estado miembro.

El Parlamento Europeo solicitó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea una evaluación sobre la compatibilidad del acuerdo con los Tratados de la Unión, por lo que el consentimiento parlamentario permanece condicionado al pronunciamiento del Tribunal.

En este contexto, y conforme a la información difundida públicamente el día de hoy, la Presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, anunció la decisión de avanzar con la aplicación provisional del componente comercial del acuerdo. Esta decisión se vincula con la ratificación del acuerdo por parte de los parlamentos de Argentina y Uruguay el día ayer, cumpliéndose así la condición previamente establecida para habilitar la entrada en vigor provisional desde la perspectiva del Mercosur.

Desde el punto de vista jurídico europeo, la aplicación provisional del iTA es viable en la medida en que se circunscriba a materias de competencia exclusiva de la Unión y que el Consejo adopte la decisión correspondiente. No obstante, la entrada en vigor definitiva del acuerdo integral permanece sujeta al consentimiento del Parlamento Europeo y al resultado del procedimiento pendiente ante el Tribunal de Justicia.

  1. Conclusión

El acuerdo UE–Mercosur redefine el marco económico y regulatorio entre ambos bloques y abre una etapa de integración con impacto estructural en comercio, inversión y contratación pública.

La aplicación provisional del componente comercial puede acelerar la materialización de beneficios concretos, mientras que el proceso de ratificación definitiva continúa su curso institucional en la Unión Europea.

Para más información o para analizar el impacto específico del acuerdo en sectores, proyectos o estructuras empresariales determinadas, pueden contactar a Gonzalo Oliva Beltrán (goliva@bodlegal.com) y Ricardo Barreiro-Deymonnaz (rbarreiro@bodlegal.com).