Nuevo Salario Mínimo, Vital y Móvil

Nuevo Salario Mínimo, Vital y Móvil: laudo del Gobierno tras la falta de acuerdo paritario
El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil no logró consenso en la reunión del 28 de agosto y, conforme lo habilita el artículo 137 de la Ley 24.013, el Ministerio de Capital Humano laudó unilateralmente el nuevo esquema de incrementos a través de la Resolución 4/2026.
El cronograma establece subas mensuales y escalonadas hasta abril de 2027:

Entre el valor vigente en agosto y el último tramo del nuevo laudo (abril 2027), el SMVM acumula una suba nominal del 16%.
El SMVM rige para los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario y la Administración Pública Nacional, excluidas las asignaciones familiares.
Además, la resolución fija la prestación por desempleo en el 75% de la mejor remuneración neta, normal y habitual de los últimos seis meses previos al cese, con un piso del 50% y un techo del 100% del SMVM vigente en cada momento.
La norma fue publicada en el Boletín Oficial del 2 de septiembre de 2026.